Materia Civil
En materia civil, se consideran como materias conciliables, sin ser excluyentes, las que a continuación se indican, con las precisiones señaladas:
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Resolución de Contrato
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Incumplimiento de Contrato
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Otorgamiento de Escritura
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Rectificación de Áreas y Linderos
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Ofrecimiento de Pago
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Desalojo
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División y Partición
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Indemnización
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Indemnización por Separación Unilateral de Unión de Hecho
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Retracto
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Petición de Herencia
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Interdicto de Retener y Recobrar
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Obligación de Dar Suma de Dinero
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Obligación de Dar, Hacer y No Hacer
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Reivindicación
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Sentencia con Condena a Futuro
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Pago de Mejoras
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